La Protección Civil en Castilla-La Mancha - Ayuntamiento de Toledo

El estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha recoge entre las competencias de la administración regional “La Protección Civil”. En la estructura orgánica de la administración regional, la protección civil se encuentra bajo la dependencia de la Dirección General de Protección Ciudadana, encuadrada a su vez dentro de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Dentro de la Dirección General se integra la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2.

La Planificación de Emergencias en Castilla-La MAncha

El Decreto 36/2013 por el que se regula la planificación de emergencias en Castilla-La Mancha establece los tipos de planes de protección civil que pueden elaborarse en la región. De esta forma, los planes que considera la normativa regional son:

  1. Plan Territorial, pensado para prevenir y hacer frente a las emergencias generales que pudieran plantearse en un territorio, como puede ser la Comunidad autónoma, la Provincia, el Municipios y/o varios municipios.
  2. Planes Especiales y Planes Especiales de Actuación Municipal (PAM), que tienen por objeto hacer frente a los riesgos cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica adecuada para cada uno de ellos. Estos planes se aprueban de acuerdo a las directrices básicas relativa a cada riesgo, reguladas por la Norma Básica de Protección Civil.Los Planes Especiales compete a la Comunidad Autónoma su elaboración, mientras que los Planes Especiales de Actuación Municipal corresponden a los órganos competentes de las entidades locales
  1. Planes Específicos y Planes Específicos de Actuación Local, tienen como finalidad hacer frente a riesgos significativos existentes en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, cuya naturaleza no requiera la aplicación de una metodología técnico-científica. Los planes específicos compete su elaboración a la Comunidad Autónoma, y dentro de estos planes puede preverse la necesidad de aprobación de planes de ámbito local de desarrollo (Planes Específicos de Actuación Local), a elaborar por los órganos competentes
  2. Planes de Respuesta, son aquéllos planes que no requieren un estudio técnico-científico y desarrollan un procedimiento de actuación conjunto bajo la dirección que define el propio plan. Se elaboran para aquéllos riesgos concretos y objetivos cuya existencia quede constatada por la experiencia en la gestión de emergencias, que puedan manifestarse sin previo aviso en cualquier punto de la Comunidad Autónoma y que requieren una respuesta coordinada.

Los Planes de Emergencia en Castilla-La Mancha

Actualmente, los planes de emergencia que se encuentran aprobados en Castilla-La Mancha, son:

El Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM)

Es el plan director de referencia para todas las emergencias que puedan producirse en el territorio regional. El mismo define qué es un Plan de Protección Civil, como el  marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los medios y recursos humanos y materiales necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir, y considera cuatro niveles en la planificación de protección civil.

Los objetivos del PLATECAM son:

  1.  Dar respuesta a todas las emergencias que puedan producirse en la Comunidad Autónoma, como consecuencia de los riesgos identificados en este plan.
  2.  Establecer el marco organizativo de la protección civil en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, permitiendo la integración tanto de los planes especiales, específicos y de respuesta como de los planes territoriales de emergencia de ámbito inferior.
  3.  Analizar los riesgos principales que puedan afectar a la Comunidad Autónoma, establecer los criterios generales para su estudio detallado, así como el territorio previsiblemente afectado por ellos.
  4.  Determinar la estructura orgánica-funcional y los procedimientos operativos que garanticen la respuesta en caso de emergencia.
  5.  Fijar las pautas de coordinación entre las distintas Administraciones públicas que tuvieran que intervenir, garantizando la función directiva de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la organización de los servicios y recursos.
  6.  Instaurar el marco para desarrollar los criterios y procedimientos a seguir por las Administraciones públicas ante cualquier situación de emergencia cuya gestión o dirección corresponde a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.