El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy el Reglamento del Servicio de Autotaxi - Ayuntamiento de Toledo

 

Este Reglamento consta de un total de setenta y cuatro artículos, agrupados en  ocho capítulos referidos a  las licencias, permiso municipal de conductor de autotaxi, tarifas, conductores, prestación del servicio y el procedimiento sancionador y competencias municipales.

A los efectos del presente Reglamento, los servicios prestados por vehículos autotaxis son aquellos dedicados al transporte público de personas en vehículos de turismo con capacidad para cinco plazas, incluido el conductor.  Las licencias municipales de autotaxis se  otorgarán  por tiempo indefinido. El Ayuntamiento determinará el número de licencias y sus ampliación  cuando así lo determine la necesidad y conveniencia del servicio. Así, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria quinta del Reglamento, durante 2009, o durante el primer año de vigencia del documento, el Ayuntamiento creará diez nuevas licencias .

El régimen  sancionador contempla infracciones leves, graves y muy graves, con multas de entre 90 y 1.000 euros. Todas las sanciones, incluso la amonestación, serán anotadas en los expedientes individuales de los titulares de la licencia y de los conductores.

 

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