La Comisión de Urbanismo aprueba modificaciones en la Declaración de Zonas de Protección Acústica - Ayuntamiento de Toledo

La primera modificación hace referencia al primer apartado del punto tercero el cual señala “continuación de la suspensión de otorgamiento de licencias de implantación, ampliación y/o modificación de los locales sujetos a la normativa de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas” por el siguiente texto: “suspensión del otorgamiento de licencias y autorizaciones de implantación, ampliación y/o modificación de actividades que contemplen el uso de horario de noche aunque sea parcialmente, tanto en interior de locales como en el exterior; quedando excluidas de los anterior las terrazas que se encontraban autorizadas en fecha anterior a la declaración de zona de protección acústica, salvo que los niveles establecidos en la Ordenanza Reguladora de la Contaminación Ambiental, en cuyo caso podrán verse afectados”.

La comisión de hoy aprobó, además, prorrogar los planes de acción aprobados en la Declaración de zonas de protección acústica durante un año y  la  solicitud a la Consejería de Administraciones Públicas de  la reducción de horario de cierre establecido por la orden de la consejería de 4 de enero de 1996, que regula este ámbito; quedando el horario de la siguiente manera: Invierno (1 octubre a 31 de mayo), horario de Cafés-Teatro a las 02:30 horas y Verano (1 de junio a 30 de septiembre), horario de Cafés-Teatro a las 04:00 horas

La Comisión de Urbanismo también aprobó facultar a la Junta de Gobierno para que desarrolle unas condiciones específicas de aplicación para la ocupación de la vía pública con terrazas veladores o marquesinas; estudiar la reducción del ruido provocado por los vehículos de la zona de protección acústica; continuar ofreciendo información en la página web del Ayuntamiento de la evolución de las mediciones y

centralizar los datos sobre denuncias o informes de cualquier normativa en la ponencia Técnica de Saneamiento.

Por otro lado, se incluyen en  la zona de protección acústica 2 (Avenida de la Reconquista) las siguientes acciones:

• Prohibición de apertura de establecimientos que vendan bebidas alcohólicas, después de las 23 horas, según dicta la Ley de Horarios Comerciales de Castilla-La Mancha.
• Continuar realizando estudios combinados de ruido y tráfico
• Vigilar las zonas VAP
• Intensificar la vigilancia de las conductas incívicas