CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS - Ayuntamiento de Toledo



LICENCIA PARA APROVECHAMIENTO ESPECIAL Y UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL CON ANDAMIOS, PUNTALES, APEOS Y BASES DE GRUA

Realizar el trámite PRESENCIALMENTE

Para realizar el trámite presencialmente puede descargar, cumplimentar e imprimir el siguiente formulario PDF y en su caso, los anexos o documentación asociada.

FORMULARIO

Realizar el trámite
TELEMÁTICAMENTE

Para realizar el trámite telemáticamente debe:

  1. FORMULARIO

    Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.

  2. PAGO DE TASAS

    Realizar el pago correspondiente en la Oficina Virtual Tributaria.

  3. REGISTRO

    Realizar el registro del trámite.

  Información del procedimiento

Solicitar la licencia para aprovechamiento especial y utilización privativa del dominio público local con andamios, puntales, apeos y bases de grúa. Supervisión y control por parte de la inspección de la Policía local acerca de los requisitos y condiciones para llevar a efecto la ocupación.


Código SIA
2819220
Destinatarios
personas físicas o jurídicas, empresas constructoras o promotores
Modos de inicio
Presencial o telemáticamente
Plazo de
presentación

Con anterioridad al inicio de la ocupación.La solicitud no habilita para llevar a efecto la instalación debiendo disponer de licencia municipal.

Será requisito imprescindible para su concesión disponer de licencia municipal de obras.

Plazo de
resolución

Un mes

Efectos
del silencio
administrativo
Desestimatorio
Organo
responsable
Concejalía de Urbanismo y Vivienda
Unidad
gestora
Servicio de licencias urbanísticas
Obligaciones
económicas

Abono de tasas municipales establecidas en la Ordenanza fiscal nº 21 reguladora de la tasa por aprovechamientos especiales y utilización privativa del dominio público local.

Normativa
aplicable
  • Real Decreto 1372/86, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
  • Ordenanza Municipal de Movilidad de la ciudad de Toledo 
  • Ordenanza fiscal, nº 21 Reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial de la vía pública. 
Documentación
asociada

- Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado.

- Justificante de abono de la tasa.

Para los supuesto de ocupación de vía pública con andamios, además:

- Oficio de dirección técnica

- Seguro de responsabilidad civil

 

Recursos

Potestativo de reposición: 1 mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.

Contencioso administrativo: 2 meses, desde el día siguiente al de notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; 6 meses (actos presuntos) a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzca el acto administrativo presunto

  Más información

INFORMACION A TENER EN CUENTA PARA LIQUIDACION DE LA TASA:

- En el supuesto de andamios no apoyados en la vía publica con sistema de protección podrá aplicarse una deducción del 90% (10% de la tarifa) en las siguientes condiciones ( siendo requisito necesario para ello aportar certificación técnica justificativa de hallarse en alguno de los supuestos que se indican a continuación):

1. Andamio apoyado sobre el suelo del propio inmueble objeto de la obra, o bien sobre el suelo de otro inmueble distinto, pero en ningún caso en la vía pública y con una estructura auxiliar en ménsula (andamio volado).

2. Andamio apoyado sobre estructura auxiliar sustentada en la fachada del propio inmueble objeto de la obra y sobre otra fachada opuesta, pero en ningún caso en la vía pública (andamio puente-aéreo).

- Cuando se trate de apeos en edificios sujetos a alineación deberá aplicarse un recargo del 50%.