CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS - Ayuntamiento de Toledo



LICENCIA PARA APROVECHAMIENTO ESPECIAL Y UTILIZACIÓN PRIVATIVA DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL CON ANDAMIOS, PUNTALES, APEOS Y BASES DE GRUA

Realizar el trámite PRESENCIALMENTE

Para realizar el trámite presencialmente puede descargar, cumplimentar e imprimir el siguiente formulario PDF y en su caso, los anexos o documentación asociada.

FORMULARIO

Realizar el trámite
TELEMÁTICAMENTE

Para realizar el trámite telemáticamente debe:

  1. FORMULARIO

    Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.

  2. REGISTRO

    Realizar el registro del trámite.

  Información del procedimiento

Solicitar la licencia para aprovechamiento especial y utilización privativa del dominio público local con andamios, puntales, apeos y bases de grúa. Supervisión y control por parte de la inspección de la Policía local acerca de los requisitos y condiciones para llevar a efecto la ocupación.


Código SIA
2819220
Destinatarios
personas físicas o jurídicas, empresas constructoras o promotores
Organo
responsable
Concejalía de Urbanismo y Vivienda
Unidad
gestora
Servicio de licencias urbanísticas
Normativa
aplicable
  • Real Decreto 1372/86, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
  • Ordenanza Municipal de Movilidad de la ciudad de Toledo 
  • Ordenanza fiscal, nº 21 Reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial de la vía pública. 
Documentación
asociada

- Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado.

- Justificante de abono de la tasa.

Para los supuesto de ocupación de vía pública con andamios, además:

- Oficio de dirección técnica

- Seguro de responsabilidad civil

 

Recursos

Potestativo de reposición: 1 mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.

Contencioso administrativo: 2 meses, desde el día siguiente al de notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; 6 meses (actos presuntos) a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzca el acto administrativo presunto

  Más información

INFORMACION A TENER EN CUENTA PARA LIQUIDACION DE LA TASA:

- En el supuesto de andamios no apoyados en la vía publica con sistema de protección podrá aplicarse una deducción del 90% (10% de la tarifa) en las siguientes condiciones ( siendo requisito necesario para ello aportar certificación técnica justificativa de hallarse en alguno de los supuestos que se indican a continuación):

1. Andamio apoyado sobre el suelo del propio inmueble objeto de la obra, o bien sobre el suelo de otro inmueble distinto, pero en ningún caso en la vía pública y con una estructura auxiliar en ménsula (andamio volado).

2. Andamio apoyado sobre estructura auxiliar sustentada en la fachada del propio inmueble objeto de la obra y sobre otra fachada opuesta, pero en ningún caso en la vía pública (andamio puente-aéreo).

- Cuando se trate de apeos en edificios sujetos a alineación deberá aplicarse un recargo del 50%.