CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS - Ayuntamiento de Toledo



LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRUA TORRE

Realizar el trámite PRESENCIALMENTE

Para realizar el trámite presencialmente puede descargar, cumplimentar e imprimir el siguiente formulario PDF y en su caso, los anexos o documentación asociada.

FORMULARIO

Realizar el trámite
TELEMÁTICAMENTE

Para realizar el trámite telemáticamente debe:

  1. FORMULARIO

    Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.

  2. REGISTRO

    Realizar el registro del trámite.

  Información del procedimiento

Solicitar licencia para la instalación de grua torre. Verificación y control por parte de los servicios técnicos municipales acerca del cumplimiento de la normativa.

Si la instalación va a realizar en la vía pública deberá solicitarse igualmente licencia específica para ello.


Código SIA
703377
Destinatarios
Promotores, propietarios o arrendatarios.
Organo
responsable
Concejalía de Urbanismo y Vivienda
Unidad
gestora
Servicio de licencias urbanísticas
Normativa
aplicable

- Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística aprobado por Decreto Legislativo de 1/10 de 18 de mayo, en su nueva redacción dada por la Ley 1/21, de 12 de febrero, de simplificación urbanística y medidas administrativas.

- Reglamento de Disciplina Urbanística (Decreto 34/2011, de 26 de abril).

-Normativa urbanística de aplicación en función del emplazamiento de la actuación.-

 

Documentación
asociada

- Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado.

-Justificante del pago de la tasa.

- Proyecto de instalación con plano de ubicación de la grúa e indicación de barrido de la pluma

-  Póliza de seguros con cobertura total de cualquier género de accidentes que pueda producir el funcionamiento de la grúa y su estancia en la obra.

-  Certificación de la casa instaladora

- Copia de la concesión de la licencia municipal de obras

Recursos

POTESTATIVO DE REPOSICION: 1 mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: 2 meses, desde el día siguiente al de notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; 6 meses (actos presuntos) a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzca el acto administrativo presunto

RECLAMACION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA (contra el acto de aprobación de la liquidación tributaria del ICIO).- Directamente ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal en el plazo de 1 mes desde la notificación expresa del acto impugnado, o bien en el mismo plazo desde la desestimación del recurso de reposición contra la citada liquidación.