Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.
Realizar el registro del trámite.
El
objeto y la finalidad de esta subvención es la de, mediante el apoyo a
deportistas de alto nivel y alto rendimiento, motivar al resto de vecinos para
la práctica deportiva.
Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo (BOP nº 185 de 26 de septiembre de 2024)
6 meses
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 5/2015 de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de la Bases de Régimen Local.
1.- Los deportistas individuales interesados deberán
presentar la siguiente documentación:
a)
Solicitud de ayuda
b)
Certificado de empadronamiento en el municipio de Toledo. (Si no se autoriza la
consulta de datos)
c)
Copia del DNI o pasaporte (en caso de ciudadanos de la Unión Europea) o tarjeta
de residente en vigor (en el supuesto de otras nacionalidades). (Si no se
autoriza la consulta de datos)
d) En
el caso de menores de edad, se adjuntará, además de la copia de su DNI, el DNI
del padre, madre o tutor legal, así como copia del Libro de Familia.
e)
Certificado original expedido por la Federación Española o Autonómica (Anexo
I), firmado por el presidente y sellado por la federación, en el que se
indique:
•
Deporte, nombre del campeonato, categoría, modalidad o disciplina, lugar y
fecha de la competición y número total de deportistas participantes contra los
que ha competido el solicitante.
•
Confirmación de la posesión de licencia federativa en su disciplina deportiva
durante el año 2023.
• Sólo
se indicará un único resultado deportivo.
• Se
hará constar que el solicitante no está cumpliendo sanción grave o muy grave,
por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.
f)
Clasificación oficial de la competición o resultados.
g)
Formulario o certificado del Banco o Ficha de Tercero del Ayto. para realizar
el pago por transferencia en el caso de resultar premiado.
h)
Declaración jurada de que no tiene deudas con el Ayuntamiento ni con ninguno de
sus Organismos Autónomos. (Marcar en la solicitud apartado al efecto).
2.- Los Clubes interesados deberán presentar la siguiente
documentación:
a)
Solicitud de ayuda.
b)
Certificado original expedido por la Federación Española o Autonómica correspondiente
(Anexo I), firmado por el presidente y sellado por la federación, en el que se
indique:
•
Deporte, nombre del campeonato, categoría, modalidad o disciplina, lugar y
fecha de la competición y nº de Clubes participantes contra los que ha competido
el club solicitante, así como Federación en la que se encuentra inscrito.
• Sólo
se indicará un único resultado deportivo.
• Se
hará constar que el club solicitante no está cumpliendo sanción grave o muy
grave, por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.
c)
Clasificación oficial de la competición o resultados.
d)
Formulario o certificado del Banco o Ficha de Tercero del Ayuntamiento para
realizar el pago por transferencia, en el caso de resultar premiado.
e)
Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
f) Declaración
jurada de que no tiene deudas con el Ayuntamiento ni con ninguno de sus
Organismos Autónomos. (Marcar en la solicitud en el apartado al efecto).
g)
Presentar documentación que demuestre que los monitores o profesores están
dados de alta en la Seguridad Social y cumplen con todas las obligaciones.
En caso de que la documentación aportada esté incompleta o sea incorrecta se procederá a requerir la subsanación de las deficiencias en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo darse por desistido de la solicitud de participación si no se cumplimenta el trámite por el interesado.
La resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de Toledo, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. En el supuesto de optarse por interponer recurso potestativo de reposición, si no se notificase su resolución en el plazo de un mes, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.