La solicitud del Plan Personalizado de Pagos para los impuestos de 2017 ya está disponible en el Ayuntamiento y en la web - Ayuntamiento de Toledo

Los interesados en suscribir un Plan Personalizado de Pagos de los principales impuestos municipales para el ejercicio de 2017 ya pueden solicitarlo en las oficinas del Ayuntamiento o descargándose la documentación que se ha puesto a disposición de los contribuyentes en el día de hoy en la sección “Toledo Servicios Tributarios” de la web municipal (www.ayto-toledo.org).

El Consistorio ha puesto en marcha esta medida, aprobada esta semana en Junta de Gobierno local, que permitirá a los contribuyentes adaptar sus obligaciones tributarias a sus necesidades y hacer frente a los principales impuestos municipales en cuatro, cinco o diez pagos al año.

Se trata de una instrucción de la Tesorería que permitirá a los toledanos personalizar sus pagos mediante una aportación fraccionada a lo largo del año y adaptada a las posibilidades de cada contribuyente, que podrá ordenar así su propia agenda de pagos como considere más oportuno.

Este Plan Personalizado de Pagos, aplicable de manera individual o agrupada al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Tasa de Basuras, Impuesto de Vehículos de Tracción Motora, Impuesta de Actividades Económicas y la Tasa por Vado o reserva de espacio, se puede solicitar ya para el ejercicio 2017 en las oficinas del Ayuntamiento y la documentación se puede descargar en este enlace: http://tst.toledo.es/articulo/nuevo-plan-personalizado-de-pagos, alojado en la sección “Toledo Servicios Tributarios” de la web municipal.

Hasta ahora existían dos modalidades de pago, la correspondiente al pago total del importe en una sola anualidad o el método fraccionado, con tres anualidades. Ahora se amplían las posibilidades con las siguientes opciones:

• Diez pagos.- En 10 meses, durante un periodo de enero a octubre de cada ejercicio.
• Cinco pagos.- Pagos bimestrales, en 5 bimestres, cuyo cobro se realizará el 5 de febrero, el 5 de abril, el 5 de junio, el 5 de agosto, el 5 de octubre.
• Cuatro pagos.- Pagos trimestrales, en 4 trimestres, cuyo cobro se realizará el 5 de enero, el 5 abril, el 5 de julio y el 5 de octubre.

La cuota periódica a ingresar se determinará dividiendo el importe de la deuda recogida en el padrón o liquidación del año anterior entre el número de periodos, según la modalidad de pago elegida. Una vez determinada la deuda del ejercicio corriente en el correspondiente padrón, se procederá a regularizar la diferencia resultante, si la hubiera, entre las fracciones pendientes de vencimiento.

El Plan Personalizado de Pagos se entenderá tácitamente renovado para el ejercicio siguiente en la modalidad elegida, siempre que no exista una petición expresa del obligado de modificación o cancelación, o se produzca el impago de alguna cuota periódica de las previstas en el plan. El impago de alguna de las cuotas periódicas implicará automáticamente la cancelación del Plan Personalizado de Pagos.