CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS - Ayuntamiento de Toledo



OBRA MENOR - DECLARACIÓN RESPONSABLE

Realizar el trámite PRESENCIALMENTE

Para realizar el trámite presencialmente puede descargar, cumplimentar e imprimir el siguiente formulario PDF y en su caso, los anexos o documentación asociada.

FORMULARIO

Realizar el trámite
TELEMÁTICAMENTE

Para realizar el trámite telemáticamente debe:

  1. FORMULARIO

    Descargar, cumplimentar y guardar el formulario y en su caso, los anexos o documentación asociada.

  2. REGISTRO

    Realizar el registro del trámite.

  Información del procedimiento

Declaración responsable para la realización de Obras de escasa entidad constructiva y económica a realizar en suelo urbano consolidado, así como las siguientes actuaciones:

Instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores térmicos o paneles fotovoltaicos en los siguientes casos:

a) sobre la cubierta de edificaciones y otras construcciones auxiliares de éstas incluidas las pérgolas de los aparcamientos de vehículos.

b) en espacios de las parcelas en suelo urbano, no ocupados por las edificaciones y otras construcciones auxiliares de éstas, cuando las instalaciones no comporten un empleo de la parcela superior al 40% de su superficie no edificable.

- Los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados dentro de edificaciones salvo que pudieran suponer un impacto sobre el patrimonio

Estarán sujetos a licencia de obras y NO podrán tramitarse por el procedimiento de declaración responsable las siguientes obras y actuaciones:

Obras a ejecutar en suelo urbano no consolidado, urbanizable o rústico.

- Obras a ejecutar en el Casco Histórico de la ciudad (incluida intramuros  -Antequeruela-) así como en zonas incluidas en la Carta arqueológica.

- Obras a ejecutar en Bienes de Interés Cultural y su entorno

- Obras que afecten a elementos estructurales de inmuebles

- Obras en fachadas y cubiertas que supongan sustitución de elementos por otros diferentes, ampliación, modificación de huecos, y cerramientos de terraza.

- Obras que supongan la adaptación o modificación de locales para ejercicio de actividades sujetas a licencia de apertura, actividades recreativas y/o actividades calificadas.

- Obras que afecten a dominio público.

- Talas de árboles

- Obras que afecten a la seguridad y salud públicas.


Código SIA
2259763
Destinatarios
Promotores, propietarios y arrendatarios
Organo
responsable
Concejalía de Urbanismo y Vivienda
Unidad
gestora
Servicio de Licencias Urbanísticas
Normativa
aplicable
  • Real Decreto 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, en su nueva redacción dada por la Ley 1/21, de 12 de febrero, de simplificación urbanística y medidas administrativas.
  • Decreto 34/2011, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística.
  • Normativa urbanística de aplicación en función del emplazamiento de las obras.
  • Normativa sectorial de aplicación en función de las características de las obras.
  • Código Técnico de la Edificación en materia de accesibilidad, normativa contraincendios, etc…
Documentación
asociada
  • Presupuesto firmado por el ejecutor material de las obras.
  • Descripción suficiente de las obras y actividad a ejercer (cuando se trate de locales ya existentes
  • Memoria justificativa firmada por técnico competente cuando se trate de locales
  • Documento acreditativo del pago de la tasa
  • Proyecto técnico en el supuesto de instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores térmicos o paneles fotovoltaicos.
  • Solicitud Bonificación ICIO en el caso de las instalaciones para autoconsumo señaladas en el apartado anterior.
  • Proyecto técnico cuando se trate de puntos de recarga de vehículos eléctricos situados dentro de las edificaciones, que no supongan un impacto sobre el patrimonio.
Recursos

Potestativo de Reposición.-  un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto.

Contencioso Administrativo.- dos meses, desde el día siguiente al de notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; seis meses (actos presuntos) a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo a su normativa específica, se produzca el acto administrativo presunto

Reclamación Económico-Administrativa.- (contra el acto de aprobación de la liquidación tributaria del ICIO).- Directamente ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal en el plazo de un mes desde la notificación expresa del acto impugnado, o bien en el mismo plazo desde la desestimación del recurso de reposición contra la citada liquidación.